martes, 30 de abril de 2013

Tipos de Sociedades Mercantiles

Existen, de acuerdo a su naturaleza, las sociedades civiles y las sociedades comerciales.
Las primeras se crean cuando no se tienen bienes físicos para comercializar. Esto significa que sus negocios son civiles. Para el caso de las segundas, se crean para realizar actividades de comercio. Necesariamente involucran la transacción comercial derivada de una compra-venta.
  • Sociedades colectivas. Son las que involucran dos o más personas que, ilimitada y solidariamente responsables, se unen para comerciar en común, administrando la sociedad por sí o por mandatario elegido de común acuerdo.
  • Sociedades anónimas. Es una persona jurídica que crea a partir de la reunión de un fondo común, que cuenta con accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y es administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Estas sociedades se constituyen con un capital social mínimo de $50,000 pesos, dividido en partes iguales llamadas acciones y por mínimo 2 personas. Su duración puede ser de 1 a 99 años. Estas sociedades pueden ser abiertas (que pueden hacer oferta pública de acciones) o bien cerradas.
  • Sociedades de responsabilidad limitada. Este tipo de sociedades es aquella en que los socios administran por sí o por mandatarios elegidos por ellos, y en que su responsabilidad está limitada al monto de sus aportes o la suma que—además de dicho monto—se establezca en los estatutos sociales. El capital social mínimo es de $3,000  pesos; Tiene una naturaleza mixta por lo que funcionan a partir del principio: quien tiene el poder de administrar, responde ilimitadamente de las deudas sociales; y quien esta desprovisto de la administración responde solo con su aporte.
Estas son las sociedades mercantiles que son mas practicas en México, las otras sociedades faltantes se volvieron obsoletas, porque el código de comercio es demasiado viejo para las necesidades de este nuevo mundo.

Sociedades Mercantiles


El código civil la define como “un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan“.  De igual forma, se le conoce como una institución; es decir, como una agrupación de personas vinculadas con el fin de colaborar con una determinada idea de bien común que cuenta con personalidad jurídica para tal fin. Esto significa que, a partir de la constitución de una sociedad mercantil, se le da vida a una persona moral. Y que tiene un fin de lucro.
 
  • Afán de lucro. Esto significa que la persona moral será constituida para generar beneficios económicos.
  • Contribución a las pérdidas. Es el riesgo inherente al negocio y es compartido por todos los socios.
  • Aportación inicial. Es la contribución patrimonial de los socios: puede estar representada por dinero, bienes muebles o inmuebles o bien, trabajo.
  • La affectio societatis. Que es la intención existente por parte de los socios de lograr un bien común para la sociedad.


domingo, 28 de abril de 2013

El acto de comercio y el comerciante.



Dicho esto podemos definir como acto de comercio, a algo perteneciente al ámbito legal  que hace referencia a la adquisición , a través de la concreción de un pago, de un producto o de los derechos sobre él, con el objetivo de obtener un lucro posterior. Esta ganancia puede surgir del mismo estado que tenía el producto al momento de la compra o de alguna transformación que modificó su valor.



El concepto de comerciante se refiere a las personas que son objeto de regulación específica por el Derecho Mercantil, por lo tanto son comerciantes las personas que, de manera habitual, se ocupan en alguna de las actividades que las leyes mercantiles consideran actos de comercio. La habituad es un elemento fundamental de la definición pues no toda persona que realice un acto de comercio ocasional es considerado comerciante, sino que sólo es considerado como tal por desde el Derecho Mercantil quien se dedique al comercio de forma habitual.




domingo, 14 de abril de 2013

Introduccion de Derecho mercantil.


En esta asignatura vamos a ver los contratos mercantiles como el de transporte, de compra-venta, de arrendamiento, las partes de que explica el derecho mercantil como es el comerciante y sus derechos y obligaciones de este.

También distinguiremos las sociedades mercantiles pero solas las que están en práctica en nuestra sociedad como lo es la sociedad anónima, de responsabilidad limitada y las cooperativas, pero en estas abarcaremos también los que son sus prácticas, como funcionan estas en la sociedad ,sus obligaciones con el personal, con la ley y con las diferentes secretaria del estado,  disoluciones y sus fusiones como se llevan a cabo y sus requerimientos en la ley para que esta acción pase, disolución y liquidación de las sociedades mercantiles y ver sus últimas obligaciones con sus deudores y ver cuál de estas últimas dos valen la pena llevar a cabo.

Veremos los títulos y operaciones de créditos, en este veremos obligaciones y derechos de los  actuantes, sus diferentes tipos de crédito (el cheque, pagare, letra de cambio, etc.).

También estudiaremos el sistema financiero mexicano, que es lo que hace en la parte financiera y sus requerimientos ante la ley para que esto funcione.